LA UNIVERSIDAD

Consejo Superior

Es el máximo organismo de dirección y gobierno de la Universidad encargado de definir las políticas académicas, administrativas, financieras, contractuales y de planeación de la institución

Funciones

  • Definir políticas académicas y administrativas y las de planeación institucional
  • Definir la organización académica, administrativa y financiera de la institución
  • Velar por que la marcha de la institución este acorde con las disposiciones legales, el Estatuto General y las políticas institucionales.
  • Expedir o modificar los estatutos y reglamentos internos de la institución
  • Designar y remover al Rector de la Universidad conforme a lo establecido en el presente estatuto
  • Aprobar el presupuesto de la institución.
  • Fijar los derechos pecuniarios que pueda cobrar la institución
  • Autorizar los traslados presupuestales que en el curso de la vigencia fiscal se requieran, de acuerdo con las normas orgánicas de supuesto y aprobar el acuerdo intern preo mensual de los gastos financiados con recursos administrados por la entidad.
  • Designar o remover a los decanos. La designación de cada decano se hará de terna presentada por el Rector. Dos de los integrantes de cada terna deben provenir de una lista de hasta seis candidatos presentada por el Consejo de la respectiva Facultad.
  • Autorizar la aceptación de donaciones o legados que no impliquen una condición o una contraprestación de cualquier naturaleza para la entidad, en cualquier cuantía.
  • Autorizar las comisiones al exterior y las comisiones de estudio, según lo dispongan los estatutos y los planes de capacitación.
  • Autorizar la celebración de todo contrato o convenio con instituciones o gobiernos extranjeros o instituciones internacionales.
  • Autorizar la celebración de los demás contratos o convenios cuya cuantía sea superior o exceda de 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  • Examinar y aprobar anualmente los estados financieros de la institución.
  • Nombrar comisiones negociadoras, conciliadoras y árbitros y aprobar las convenciones colectivas conforme a la Ley, en el caso de trabajadores oficiales.
  • Definir las políticas de admisiones, previa recomendación del Consejo Académico.
  • Aprobar la creación o suspensión de programas académicos de acuerdo con las disposiciones legales
  • Expedir, con arreglo al presupuesto y a las normas legales y reglamentarias, a propuesta del Rector, la planta de personal de la institución con señalamiento de los cargos que serán desempeñados por docentes y por empleados y trabajadores oficiales del orden administrativo.
  • Darse su propio reglamento

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